miércoles, 26 de noviembre de 2008

Solución de Controversias

Actualmente, el Sistema de Solución de Controversias del MERCOSUR se encuentra regulado en el Protocolo de Olivos (PO), firmado el 18 de febrero de 2002 y vigente desde el 1 de enero de 2004.

Una de las principales innovaciones del PO fue crear el Tribunal Permanente de Revisión (TPR), que constituye el órgano principal del sistema, juntamente con los Tribunales ad hoc. El TPR fue inaugurado el 13 de agosto de 2004 y tienen su sede en la ciudad de Asunción. Está formado por cinco Árbitros, que duran en el cargo, según los casos, dos y tres años, y cuenta con una Secretaría Técnica.

1.  1Controversias entre Estados Partes: pueden ser iniciadas por cada Estado Parte, de oficio o a instancia de un reclamo presentado por un particular.

2.      . Recurso de Revisión.

3.   Medidas Excepcionales y de Urgencia (sólo TPR): en supuestos especialmente determinados, los Estados Partes, en forma previa al inicio de una controversia, puede solicitar al TPR que dicte una medida provisoria, sobre la base de un presunto incumplimiento del Derecho del MERCOSUR, con la finalidad de evitar daños irreparables para uno de los Estados Partes.

4.     . Opiniones Consultivas

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